COMUNICADO A LA OPINIÓN PÚBLICA

Bogotá, enero 14 de 2019. Rechazo vehementemente el proyecto de fallo que cursa en la Corte Constitucional y que han informado algunos medios de comunicación, donde se propone que el aborto sea completamente despenalizado.

Como Senadora de la República por el Partido Centro Democrático y mujer creyente, defensora de la vida y con profundos valores éticos, expreso mi desacuerdo con la postura del magistrado Alejandro Linares de contemplar la posibilidad de despenalizar abiertamente la muerte del no nacido durante las primeras 12 semanas de gestación de la mujer.

En la Constitución colombiana no existe el derecho a matar.  En la sentencia C-133 de 1994 la Corte Constitucional afirma: “El Estado tiene la obligación de establecer, para la defensa de la vida que se inicia desde la concepción, un sistema de protección legal efectivo, y dado el carácter fundamental del derecho a la vida, su instrumentación necesariamente debe incluir la adopción de normas penales, que están libradas al criterio discrecional del legislador, dentro de los límites del ordenamiento constitucional. El reconocimiento constitucional de la primacía e inviolabilidad de la vida excluye, en principio, cualquier posibilidad permisiva de actos que estén voluntaria y directamente ordenados a provocar la muerte de seres todavía no nacidos, y autoriza al legislador para penalizar los actos destinados a provocar su muerte.  La vida del naciturus encarna un valor fundamental, por la esperanza de su existencia como persona que representa, y por su estado de indefensión”.

Es claro que se debe respetar la vida desde su concepción, y nadie tiene el derecho a decidir sobre ella, en este caso, ni siquiera la madre, porque ambos -madre y naciturus- son seres diferentes, con su propio código genético; no porque el no nacido dependa de la madre existe el derecho a quitarle la vida.

Nuevamente el alto tribunal usurpa la función del Congreso de la República, único encargado de legislar y decidir sobre si se permite o no abortar y las circunstancias en que podría ser validado; por lo tanto, no debe la Corte modificar la Constitución ni extralimitarse.

Tristemente ya la Corte despenalizó el aborto en tres casos: cuando la continuación del embarazo constituya un peligro para la vida o la salud de la mujer; cuando exista grave malformación del feto que haga inviable su vida; y cuando el embarazo sea resultado de una conducta, debidamente denunciada, de acceso carnal o acto sexual sin consentimiento, abusivo o de inseminación artificial, transferencia de óvulo fecundado no consentida, o incesto.

Es decir, en Colombia el aborto sigue siendo un delito tipificado en el Código Penal, que tiene las mencionadas excepciones. En esa medida, no me explico cómo el magistrado Linares insiste en cambiar la jurisprudencia para que la mujer pueda decidir arbitrariamente sobre la vida de su hijo en las primeras 12 semanas de embarazo. El togado pretende además introducir una postura diferente a la sostenida por la misma Corte en 2006 al despenalizar el aborto en los tres casos mencionados.

Como país tenemos que defender la vida, desde la concepción hasta la muerte. El vientre materno debería ser el lugar más seguro para el bebé que está por nacer porque la vida es inviolable.

Como bien lo dijo su santidad el papa Francisco: “La vida es sagrada porque es un don de Dios, por eso estamos llamados a defenderla y a servirla desde la concepción en el seno materno hasta la edad avanzada, cuando esté marcada por la enfermedad y el sufrimiento. No está permitido destruir la vida, hacerla objeto de experimentos o de falsas concepciones”.

 

MARÍA DEL ROSARIO GUERRA

Senadora de la República

Partido Centro Democrático

 

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